ARTÍCULO

López lamenta que el IBI diferenciado afecte a garajes, «sin solución este año»

G. D.-R. / D. L. OVIEDO.

El alcalde lamentó ayer que la aplicación de un tipo de IBI diferenciado y doble (del 1,3% frente al general del 0,65) afecte a algunas comunidades que no han hecho la división de la propiedad horizontal de sus garajes, pero explicó que la solución no está en manos del Ayuntamiento ni puede llegar este año. «Lo he explicado una y mil veces», señaló ayer Wenceslao López, «el objeto imponible lo fija Hacienda». El Catastro, no el Ayuntamiento, es el que fija el valor de las propiedades inmobiliarias del concejo. «Hay propiedades registradas sin dividir», resumió y señaló como ejemplo los bloques que Vidusa y Arranz Acinas levantaron sobre los antiguos talleres ferroviarios de Vallobín. «Si un grupo de cinco edificios, como los de esta plaza, tienen un aparcamiento en común y no lo han dividido puede ocurrir que valga un millón o dos de euros», dijo.

El Ayuntamiento estableció que el tipo diferenciado del IBI se aplicaría a bienes no residenciales de más de un millón de euros de valor catastral; en concreto, a 252 propiedades de las más de 175.000 sujetas al impuesto. Entre las primeras, están los garajes de tres comunidades. «Lamentablemente estamos gravando a colectivos que si lo tuvieran dividido no sería imponible», asumió. «La única solución es que esas propiedades lo dividan de tal forma que cada uno pague por lo que realmente tiene, pero en cualquier caso, la solución no es para este año», resumió el alcalde.

O ni siquiera será un problema este año, porque al haber olvidado el Ayuntamiento publicar el anuncio de información pública de las ordenanzas fiscales en un diario de los mayor circulación, como manda la ley, ha abierto una puerta a la nulidad de las mismas. Siete afectados por el tipo diferenciado de IBI -desde el Colegio de Abogados, hasta la FADE o Carrefour y varios de los grandes aparcamientos del centro de la ciudad- han presentado recursos solicitando su anulación en los tribunales. Si prosperan, el Ayuntamiento tendría que aplicar las ordenanzas fiscales del año anterior, en las que no existía esta figura impositiva.

FUENTE: El Comercio

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