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¿QUÉ PAGAMOS CON LAS CUOTAS DE LA COMUNIDAD?

Todos (o casi todos, para ser más exactos) pagamos todos los meses una cantidad de dinero en nuestra comunidad. No estaría de más saber por qué y para qué.

Los inmuebles necesitan un mantenimiento y unos servicios, algunos obligatorios y otros no, que lo normal es que no sean gratuitos. Unos resultan imprescindibles para vivir (suministros de luz y agua…), otros se ocupan de los equipos de que dispone la comunidad (ascensores, puertas del garaje, sistemas de protección contra incendios…) y los hay que, a estas alturas, los consideramos casi obligatorios, como la limpieza de las zonas comunes. La lista podría extenderse bastante más.

A los gastos que representan estos servicios habría que añadir otros que nos encontramos a veces y pueden resultarnos menos conocidos, por ejemplo: la Ley Orgánica de Protección de Datos, el impuesto de voladizos, el seguro multirriesgo, etcétera.

¿Qué hacemos entonces para que la comunidad disponga de un remanente económico para afrontarlo? Ya que las cosas hay que pagarlas por adelantado, todo indica que lo más sensato es elaborar un presupuesto que incluya una estimación de todos los costes de la comunidad para el próximo año. 

Es entonces cuando aparecen las cuotas, que se calculan en base a la repercusión a cada propiedad (viviendas, locales, plazas de garaje…) de los gastos incluidos en el presupuesto anual. 

Recordemos que la Ley de Propiedad Horizontal nos permite repercutirlos como decidan los propietarios (por coeficiente, a partes iguales…) y que:

“Es obligación de cada propietario: contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.” 

(LPH Art. 9.E)

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