El Tribunal aplica por primera vez la «retroactividad total» que exige Europa
Rechaza que concurra la ‘cosa juzgada’, por ser una acción individual
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirma la «retroactividad total» de las cláusulas suelo. Además, rechaza las pretensiones del BBVA, en este caso, para que concurra la cosa juzgada y obliga a devolver todo el dinero cobrado por la entidad.
El Supremo aplica, de este modo, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Justicia europea dictaminó, el pasado 21 de diciembre, que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, al haber rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser «incompleta e insuficiente».
Ahora, el Supremo ha resuelto los primeros procedimientos sobre este asunto. En concreto, la entidad afectada es el banco BBVA. El banco acudió al Supremo con la necesidad de aclarar dos cuestiones concretas tras conocer la sentencia europea que determinó que las entidades de crédito deberían devolver a sus clientes lo cobrado de más por cláusulas suelo: si en su caso se podía aplicar la cuestión de «cosa juzgada», ya que se vio afectado por la sentencia de mayo de 2013, y si algunas de las acciones de devolución han podido prescribir o caducar, recoge Europa Press.
La entidad pedía al Supremo que aplicara el principio de cosa juzgada para evitar devolver todo el dinero. Sin embargo, los magistrados de la Sala de lo Civil declinan esta pretensión y niegan que pueda aplicarse el principio «conforme a la propia jurisprudencia del Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal de Justicia de la UE, por tratarse de una acción individual y no colectiva».
Además, el Supremo señala que, en este asunto, «la cláusula enjuiciada era diferente a las examinadas en el anterior procedimiento de 2013», que era el que invocaba la entidad. También, los magistrados renuncian plantear más cuestiones prejudiciales al Tribunal europeo sobre este tema. De este modo, confirma, de manera íntegra, la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que acordaba la retroactividad total.
Aclaraciones tras la sentencia del TJUE
Fuentes de BBVA han explicado a EP que el banco «respetará y cumplirá» la resolución jurídica del Tribunal Supremo «sin reservas». «En cuanto recibamos la sentencia procederemos a atender las reclamaciones», han apuntado.
BBVA estaba pendiente de esta decisión para proceder a aplicar el Real Decreto del Gobierno sobre esta materia. «Tan pronto como el Tribunal Supremo, digamos, interprete esta resolución de Europa, nosotros procederemos de forma rapidísima a devolver todo ese dinero a todas aquellas personas que, lógicamente, tengan derecho a ello», señaló González en rueda de prensa de presentación de resultados al ser preguntado por el asunto.
Una cláusula válida en Teruel
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha desestimado otro recurso de casación que pedía la nulidad de una cláusula suelo de la Caja Rural de Teruel por falta de Transparencia. Según el Tribunal , el contrato «en este caso cumplía los requisitos de transparencia establecidos por la sentencia de 9 de mayo de 2013».
En concreto, la Audiencia Provincial de Teruel destacó que la cláusula «aparece resaltada en negrita y no se enmascara en el contrato diluyendo la atención del contratante entre otras». Además, apuntó que «existen en el procedimiento elementos probatorios que revelan que el establecimiento de dicha cláusula fue negociado individualmente entre los demandantes y la entidad».
FUENTE: El Economista.